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Conclusiones IV Encuentro Nacional de Abogados de Derecho Animal – Mendoza 2021.

Por Redacción LEX

CONCLUSIONES IV ENCUENTRO NACIONAL DE ABOGADOS DE DERECHO ANIMAL MENDOZA 2021

 

Los días 28 y 29 de Octubre del 2021 se llevó a cabo el IV Encuentro nacional de Abogados de Derecho Animal organizado por la Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados de la Provincia de Mendoza, 1° Circunscripción Judicial, el mismo se llevó a cabo en la sede del Colegio de Abogados, en calle Pedro Molina 447, Ciudad de Mendoza.

La jornada del día 28 de octubre comenzó con las palabras del destacado filósofo Oscar Horta, profesor de filosofía en la Universidad de Santiago de Compostela, quien nos habló sobre la consideración moral de los demás animales, además, contamos con la presencia y exposición de fiscales que llevan adelante la tarea de la persecución del delito de maltrato y crueldad animal en las Fiscalías Especializadas creadas a tales fines en: En CABA se encuentra la UFEMA, a cargo del Dr. Carlos Rolero Santurian; provincia de Neuquén, Dra. Julieta González Schlachet y Bahía Blanca, Dr. Santiago Garrido.

Asimismo, disertaron destacados magistrados que han hecho posible el avance del derecho animal desde la perspectiva jurisprudencial, a saber: Dr. Manuel Alberto Pizarro y Dr. Fernando Freddi de la Cámara Federal de Mendoza (fallo de los elefantes de Ecoparque de Mendoza declarados personas no humanas); Dr. Juan Pablo Lubary de la Provincia de Chaco (fallo en el que se solicita la restitución de dos canes en un caso de violencia intrafamiliar) y la Dra. Elena Amanda Liberatori de CABA, junto con su equipo judicial(fallo de la Orangutana Sandra).

Para concluir el primer día del encuentro se escucharon ponencias realizadas por algunos Institutos de Derecho Animal del país, a saber: Dra. Regina Adre representando al Instituto de Estudio de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Bahía Blanca, quien expuso sobre “el derecho civil de daños en el caso de Negrito”; Dra. María de las Victorias González Silvano, docente a cargo de la catedra de derecho animal de la UBA, quien expuso sobre “por qué es necesario modificar es estatus de los animales en el C.C”; Dra. Sonia Sosa provincia de Chaco, directora del Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Resistencia Chaco, quien expuso sobre “otra forma de violencia de género: maltrato animal como instrumento” y la Dra. Lorena Laprebende, Directora del Instituto de derecho de los animales perteneciente a la Asociación de Abogados de San Martín, Provincia de Buenos Aires, quien disertó sobre  “derecho de y para animales no humanos”;  y el Dr. Ricardo Ferrari, asesor científico de la Asociación de Abogados de San Martín, Provincia de Buenos Aires, disertó sobre “la interdisciplina como herramienta en el ejercicio del derecho para los animales”, la Dra. Eliana Olivera en representación de la Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Tucumán, quien disertó sobre “legítima defensa en favor de los demás animales”.

Además, contamos con la presentación del trabajo realizado por el Gobierno de Ciudad de Mendoza a cargo del Sr. Sebastián Fermani y Nydia Vitale, quienes pertenecen al Centro de Conservación de la Biodiversidad, quienes nos invitan a repensar las Instituciones, como es el ex acuario de Mendoza, en un centro de conservación de la fauna y flora silvestre para no fomentar más el encierro de animales para entretenimiento humano, sino en ámbitos educativos sin exhibición de los mismos.

La jornada del día 29 de octubre estuvo abocada a realizar una mesa de trabajo cuyo coordinador fue el Dr. Horacio Carrizo, director del Instituto de Derecho Animal del Foro de Abogados de San Juan, la misma se desarrolló con los profesionales del derecho presentes en la que se discutieron diversos temas del derecho civil y penal relacionados con el derecho animal, en la misma se llegaron a las siguientes conclusiones académicas:

  • En los casos de maltrato animal en los cuales la causa penal es inviable, contar con mediaciones y conciliaciones que permitan educar al acusado del delito, para lo cual se necesitan mediadores capacitados en la temática. El acusado debería realizar un curso de “respeto animal” brindado por el Ministerio Público fiscal, el municipio en el que se haya cometido el delito u otro organismo.
  • Instar a las fiscalías al trabajo conjunto con los Institutos y Comisiones de Derecho Animal de los Colegios de Abogados del país y con el Ministerio de Educación para realizar cursos o talleres de respeto animal y que el acusado de algún delito de maltrato animal obtenga un certificado de realización del mismo expedido por alguno de estos Organismos.
  • La necesidad imperiosa de la modificación de la Ley Nacional N°14.346 con respecto a la cuantía de la pena, la diferenciación del tipo de maltrato y crueldad animal y, la incorporación de la figura de la culpa, manteniendo el resto del articulado hasta tanto no se modifique la categoría de los animales en el Código Civil y Comercial de la Nación, ya sea como seres sintientes, sujeto de derechos, animales no humanos o cualquier expresión más acorde a la realidad. Se invita a los Institutos a elaborar proyectos de reforma de la ley nacional 14.346 sólo en los puntos referidos anteriormente.
  • Teniendo presente que la ley nacional N° 14.346 considera a las animales víctimas podemos utilizar el articulado de la Ley de derechos y garantías de las personas víctimas de delitos en favor de ellos cuando se trate de animales de gran porte, gran cantidad o cuando sea evidente la dificultad para encontrarles tránsito, reconociéndoles el derecho a que el victimario deba alejarse del lugar donde ellos se encuentren.
  • Instar al Congreso de la Nación la incorporación en el Código Civil y Comercial de la Nación un apartado referido a los animales, ya sea bajo la categoría de persona no humana, ser sintiente, sujeto de derecho o la expresión que considere idónea, enumerando los derechos que se les reconocerá a los mismos. Como consecuencia de ello, dictar una ley que se incorpore al C.C ordenando se modifique el articulado de las leyes que sean contraria a ellas, cualquiera sea la materia.

Se introduzca el término de “familia multiespecie” tomando al animal no humano como sujeto de derecho e incapaz de hecho y ello, independientemente de la especie del animal, enfocándose en el afecto entre el animal humano y el no humano y su incorporación en el grupo familiar. Por último, incorporar al animal no humano en el artículo 24 del C.C como un incapaz de ejercicio.

  • Invitar a los Institutos y Comisiones de derecho animal a participar en la agenda política, son necesarios ocupar estos espacios para generar más espacios de participación que permitan avanzar en la temática en los cuales la opinión de los miembros de los Institutos sea vinculante.
  • Llevar a cabo capacitaciones en las fuerzas policiales, cuerpos de bomberos, conversatorios y cualquier otra actividad educativa para el manejo de situaciones que impliquen actuar en casos de maltrato o crueldad animal.
  • Es fundamental la interrelación con otras ciencias que nos brinden herramientas eficaces a la hora litigar o educar y el arte, teniendo presente que a través del arte también podemos concientizar y educar a la sociedad en la temática.

Suscriben el presente documento los siguientes profesionales:

– Dra. Denis Gisel Pizzolatto, Mat. 9201, Coordinadora de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Dra. Roxana Andrea Battagion, Mat. 6809, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Sra. Miriam Ferreyra, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Dra. M. Soledad Milone, Mat. 9922, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Dra. María De Los Angeles Hernandez, Mat. 10486, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

-Dr. Pablo Rolando Viero, Mat. 7323, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Dra. Eliana Sofía Olivera, M.P. N° 9208, Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Tucumán.

– Dras. Graciela Medina, Mat. T VI F 174 CATL y María Paula Yarza, Mat. T°IV F°155 C.A.T.L., pertenecientes al Instituto de Derecho Animal del Colegio de Abogados departamental Trenque Lauquen, Provincia de Buenos Aires.

– Dra. Marcela Echegaray. M.P.3802. Directora Instituto Interdisciplinario Derecho Ambiental y Minero. Foro de Abogados San Juan.

– Dr. Horacio Carrizo, MP 4215, Director del Instituto de Derecho Animal del Foro de Abogados de San Juan.

– Dra. Lorena Laprebende, T135 F117MF, T132 F 948 CPACF, Directora del Instituto de derecho de los animales perteneciente a la Asociación de Abogados de San Martín, Provincia de Buenos Aires.

– Dra. Eliana Vanesa Garcia, Mat. 8167, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Dra. Rocio Garcia Narvaez, Mat. 10048, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Dra. Lilian R. Fernández, Mat. 11105, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

-Procuradora Nadia Casanova, Mat. 1020, Miembro de la Comisión de Derecho Animal, Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.

– Dr. José Ignacio Espinoza, Mat. 10902, abogado matriculado en el Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza.