Durante el primer día de las jornadas, la Dra. Ana Carolina Cano, Vocal Excma. Cámara de Familia y Suc. Centro Jud. de Concepción, la Dra. Valeria Brand, Jueza Juzgado en lo Civil de Familia y Suc. Vº Nom., y al Dr. Silvio Maza Villalba, Defensor de menores II° Nominación, se enfocaron en el abordaje y tratamiento de los casos de ASI en sede civil.
Por su parte, la segunda sesión estuvo a cargo de las psicólogas, Lic. Pia Ferro y Lic. Elina Criado, secretarias del Gabinete Psicosocial del Poder Judicial de Tucumán, y la Lic. Lilia Rodríguez Fabio, coordinadora del consultorio psicológico gratuito del Colegio de Abogados de Tucumán, quienes debatieron acerca de la intervención del Gabinete Psicosocial en el proceso civil y la declaración testimonial de la víctima de abuso infantil (ex-cámara Gesell).
Desde el punto de vista civil
La Dra. Brand, en su condición de miembro de la Red de UNICEF en representación de la Provincia expuso sobre el contenido conceptual del ASI profundizando sobre los indicadores y sobre las inquietudes que se plantea UNICEF respecto de esta problemática, el impacto que tiene en la vida del NNA y el rol del Poder Judicial en la resolución de los casos. A su vez, el Dr. Maza Villalba se enfocó en el Síndrome de Alienación Parental, mencionado en muchos casos de ASI y sobre todo en las consecuencias que genera para el NNA con directa vinculación en los regímenes comunicacionales. Finalmente, la Dra. Cano expuso sobre el tratamiento civil de los casos de ASI, distinguiendo aquellos que se inician en sede penal y mediante los cuales, previa intervención del Defensor de Menores e Incapaces, derivan en una acción civil de protección de persona, de aquellos en los que es el Defensor de Menores quien inicia la protección civil y simultáneamente presenta la denuncia penal e interviene en el Proceso hasta el Debate Oral y Público.
Fundamentalmente el enfoque estuvo dado en el Sistema de Protección Integral de Derechos de NNA como nuevo paradigma y en la figura de los NNN como sujetos, lo que permite trabajar en red cuando se encuentran vulnerados sus derechos. Esto implica por ejemplo coordinar con la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia a través de sus Equipos Locales y con el Ministerio de Salud cuando está comprometida la salud física y psíquica de las víctimas de ASI; también con el Ministerio de Educación de la Provincia, mediante la intervención del SASE y del Gabinete Pedagógico Interdisciplinario cuando existe falta de escolarización, cuando la misma es deficiente, o cuando la misma ha sido interrumpida, todo ello como consecuencia del ASI.
Otra posible articulación se da cuando existe afectación al derecho a la vivienda, para lo cual se le da intervención al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia y al Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, siempre con la asistencia de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia, Dirección de Niñez y demás Subdirecciones a su cargo, todo ello a efectos de garantizar el cumplimiento de los derechos y la mejora en las condiciones de vida de la víctima del ASI y de su grupo familiar vulnerable.
Se profundizó acerca de la necesidad de trabajar en coordinación con las Fiscalías de Instrucción en lo Penal que tienen a su cargo la investigación de este tipo de delitos y con los Juzgados de Instrucción intervinientes, evitando de este modo que se dupliquen las medidas judiciales en torno a la protección de los derechos de las víctimas, como así también de contar con la colaboración de Oficinas no Jurisdiccionales como puede ser la Oficina de Derechos Humanos dependiente de la Excma. Corte Suprema de la Provincia, en la asistencia a la víctima.
La Dra. Ana Carolina Cano se enfocó en la posibilidad de incorporar la figura del Abogado del Niño en los casos de ASI, tanto en el proceso civil como en la causa penal, en situaciones de conflicto de intereses con sus representantes legales, incluyendo por ejemplo, situaciones innovadoras reconocidas jurisprudencialmente, como puede ser el otorgar el rol de querellante en la causa penal a una/un adolescente víctima de delitos sexuales.
De igual forma, la Dra. Cano se pronunció sobre las exigencias mínimas necesarias para garantizar la satisfacción de derechos de NNA en el ámbito judicial, mencionando la capacitación constante de los operadores de derecho en el tema; la necesidad de interactuar y de recurrir a la interdisciplina aspirando o pretendiendo una justicia más humanizada; a la concientización de los operadores sobre los derechos de las víctimas; a la consideración de las realidades y al caso por caso en la resolución de los mismos, en el marco del Sistema de Protección Integral de Derechos de NNA y privilegiándolos como sujetos de derechos, con plus reconocido constitucional y convencionalmente.
La mirada psicosocial
Durante el segundo encuentro, la licenciada Lilia Rodríguez Fabio expuso acerca de la importancia del trabajo interdisciplinario entre el abogado y psicólogo, asistente social u otro profesional, enfatizando que trabajar de esta manera no significa intervenir u opinar en el saber del otro, sino implica respetar y construir un caso desde la mirada que tiene cada un de los representaste del equipo. Por ejemplo, el abogado va a construir el caso desde su visión jurídica, apoyado por los aportes que le puedan dar el enfoque psicológico o interdisciplinario.
La Lic. Elina Criado explicó cómo se produce la escucha de los niños en las audiencias testimoniales del NNA en sede penal (lo que antes se denominada cámara Gesell) y los pasos a seguir para evitar la revictimización de los NNA, resaltando de igual forma la importancia de la capacitación de todos los profesionales involucrados.
La Lic. Pia Ferro por su parte abordó el rol del psicólogo forense, cuáles son las pautas que tiene que cumplir, destacando la función meramente descriptiva e informativa que debe realizar este profesional, quien por cual es neutral, sólo interpreta los datos psicológicos que puedan aportar elementos importante de cara a un juicio.
En el caso específico del juzgado de familia, respecto a NNA, explicó que el Gabinete Psicosocial interviene en dos instancia distintas, en las audiencias del Art. 12 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en el psicodiagnóstico. En la audiencia del Art. 12, que tiene un encuadre netamente jurídico, se abre un espacio para que el niño pueda ejercer su espacio a ser oído. En el segundo caso, se utiliza un encuadre psicológico en el cual ya no sólo se escucha al niño, sino también se hace un psicodiágnóstico de los padres y demás miembros del núcleo familiar.